1.   Objeto.-

Efectuar el control por sustitución e intervención temporal y sorpresiva a los funcionarios responsables de la Aduana Nacional, a efectos de comprobar la correcta aplicación de la normativa aduanera.

2.   Atribuciones y Funciones.-

Entre sus principales atribuciones y funciones están las siguientes:

-  Cumplir y hacer cumplir la Ley General de Aduanas, sus reglamentos, los convenios internacionales en materia aduanera y aquellas otras disposiciones legales vigentes.

-  Ejecutar y cumplir el mandato que el Presidente ejecutivo de la Aduana Nacional encomiende.

-  Intervenir o sustituir cualquier Repartición y Unidades Orgánicas de la Aduana Nacional.

-  Sustituir temporalmente a cualquier funcionario de la Aduana Nacional, asumiendo sus atribuciones y obligaciones con el fin de asegurar la continuidad del servicio.

-  Evaluar el cumplimiento de disposiciones legales en lo referente a procedimientos operativos para facilitar y agilizar los trámites.

-  Requerir y procesar información de los funcionarios públicos de la Repartición y Unidades Orgánicas de la Aduana Nacional, sea oral o escrita, para el cumplimiento del fin encomendado.

-  Solicitar a los operadores y gestores del comercio exterior, la información que sea necesaria para el buen cumplimiento del fin encomendado.

                               -  Coordinar con la Repartición y Unidades Orgánicas de la Aduana Nacional, la ejecución y cumplimiento de las recomendaciones a las observaciones identificadas.