No procede a la distribución y entrega de :
- a) Mercancía prohibida (Ej. Cigarrillos, vehículos indocumentados o prohibidos, etc.)
- b) Mercancía que requiera autorizaciones previas (Ej. Medicamentos, Plaguicidas)
- c) Mercancía que por su carácter heterogéneo y característica funcional no pueda ser objeto de distribución en el momento de concluida el Acta de Intervención (Ej. Una máquina industrial)
- d) Hidrocarburos decomisados en el delito de Contrabando de Exportación Agravado
Sin embargo, en el caso de los incisos b) y c) será posible la entrega de Notas de Crédito (NOCRES) negociables en el mercado.