PREDC
1. Nivel Jerárquico:
Directivo
2. Nombre de la unidad inmediata superior:
Máxima Autoridad Ejecutiva
3. Unidades Dependientes:
Unidad de Gabinete;Unidad de Auditoría Interna;Unidad de Comunicación Social y Relaciones Públicas;Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción;Unidad Técnica de Inspección de Servicios Aduaneros;Unidad de Control Operativo Aduanero;Gerencia General.
4. Objetivo de la unidad:
Coordinar las políticas de responsabilidad de la Aduana Nacional, con la política económica del Gobierno, mediante intercambio de criterios y diálogo con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas e instancias pertinentes con el propósito de cumplir con el objetivo de la Aduana Nacional.
5. Función Principal:
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ley General de Aduanas 1990 y normas legales vigentes.
6. Funciones Generales:
- Convocar y presidir las reuniones del Directorio de la Aduana Nacional, con derecho a voz y a voto dirimidor en caso de empate.
- Proponer las políticas que corresponda considerar al Directorio, conforme a la presente Ley y las medidas y resoluciones que estime pertinentes para el mejor cumplimiento del objeto, políticas y funciones de la Aduana Nacional.
- Organizar, dirigir y supervisar las funciones y actividades que la Ley General de Aduanas encomienda a la Aduana Nacional y ejecutar las decisiones del Directorio.
- Contratar al personal jerárquico seleccionado y recomendado por el Directorio y ejecutar las promociones y remociones del personal jerárquico aprobadas por el Directorio.
- Seleccionar, contratar, evaluar, promover y remover al personal de la Aduana Nacional cuya selección y evaluación recaiga bajo su competencia, incluyendo al personal de la Unidad de Control Operativo Aduanero, de acuerdo a las normas legales vigentes y a su reglamento interno.
- Representar judicial y extrajudicialmente a la Aduana Nacional en todo lo relacionado con las funciones de la entidad.
- Proponer al Directorio el Plan Operativo Anual, Presupuesto, Estados Financieros y Memorias Institucionales para su aprobación.
- Realizar actos y suscribir contratos que sean necesarios para el funcionamiento de la Aduana Nacional.
- Suscribir convenios con aduanas extranjeras y otras instituciones, previa aprobación del Directorio.
- Gestionar recursos internos y externos para el fortalecimiento y desarrollo de la institución.
- Dictar resoluciones en el ámbito de su competencia, para el buen funcionamiento de la institución.
- Delegar representación, funciones y atribuciones al Gerente General, Gerentes Nacionales, Regionales y otros servidores públicos de la entidad conforme al reglamento.
- Contratar expertos o consultores nacionales o extranjeros para el desarrollo de trabajos específicos.
- Otorgar y/o revocar poderes especiales a terceros, previa autorización del Directorio.
- Designar en forma interina al Gerente General, Gerentes Nacionales, Gerentes Regionales y Administradores de Aduana.
- Participar o delegar en convocatorias de organizaciones internacionales especializadas en materias de comercio exterior y aduanas.
- Actuar de portavoz oficial de la Aduana Nacional, pudiendo delegar esta facultad a otro servidor público.
- Adoptar decisiones de emergencia que correspondan al Directorio, cuando en casos de emergencia, éste no pueda reunirse, justificadas imprescindiblemente por un informe técnico y un informe legal.
- Delegar las atribuciones que estime convenientes para el servicio aduanero, al Gerente General u otras autoridades a nivel nacional.
- Constituir comités o grupos de trabajo a nivel nacional y regional, integrados por funcionarios o servidores de la Aduana Nacional u otras personas naturales o jurídicas, a fin de materializar acciones o concertar esfuerzos para un mejor desarrollo de las actividades aduaneras.
- Disponer del personal de la Aduana Nacional, cuando surja la necesidad de apoyar otras áreas organizacionales de la institución, en cualquier jurisdicción, en el cargo y por el tiempo que se disponga, concordante con el Reglamento Interno de Personal.
- Otras que le encomiende el Directorio y las que correspondan a su condición de máxima autoridad ejecutiva de la Aduana Nacional.
7. Tipo de la Unidad Organizacional:
Sustantiva
8. Relaciones de Coordinación:
Con el Directorio
9. Relacionamiento Interinstitucional:
De complementación con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y con otras Aduanas de otros países y con organizaciones internacionales especializadas en comercio exterior y aduanas.
Actualización:
Mediante RA-PE 02-003-21 de fecha 25.01.2021, que aprueba el manual de Organización y Funciones de la Aduana Nacional.
Orden Jerarquico:
1.00
Grupo: