Renovación de Certificado Digital: Actividades previas para la renovación de Certificados Digitales

Al tratarse de renovación de los Certificados Digitales para Firma Digital, considere lo siguiente:

Paso 1 Pago por Servicio de Certificación Digital de Renovación

    El Operador de Comercio Exterior deberá realizar el pago anual a la Entidad Certificadora ADSIB por el Servicio de Certificación Digital de Renovación efectuando el depósito a la cuenta del Banco Unión:

    Número de cuenta: 10000004675952
    Nombre de la cuenta: ADSIB – Recursos Propios
    Personas Jurídicas: Bs. 370
    Personas Naturales: Bs. 195
Infogramas:
Videos:

Registro de un Usuario Tipo Transcriptor

Videos demostrativos

Preguntas frecuentes:

¿Cuál es el marco normativo bajo el cual la Aduana Nacional implementará el uso de la Firma Digital?

La Firma Digital se encuentra regulada mediante la Ley N° 164 de 08/08/2011 – Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación y el Decreto Supremo N° 1793 de 13/11/2013 que aprueba el Reglamento a la Ley N° 164 para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y Comunicación.

Asimismo, la Aduana Nacional en virtud de lo establecido en el Art. 101 del Reglamento a la Ley General de Aduanas emitió el Reglamento para Uso de la Firma Digital aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-003-16 de 15/02/2016. (Circular N° 032/2016).

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